Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01387/2013
Fecha: 16-Ago-2013
II.1.
II.1. El 23 de octubre de 2012, los Vocales de la Sala Social y Administrativa pronunciaron el Auto 085/2012, que declaró la improcedencia in limine de la acción de amparo constitucional por haber incumplido el requisito de señalar los derechos que se consideran vulnerados, esto dentro de la acción presentado por Braulio Néstor Calle Choque -ahora accionante- contra Gonzalo Gino Martínez Guzmán y René Lozantos Saravia, Fiscal Departamental y Fiscal de Materia, respectivamente (fs. 7 a 8 vta.).