Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 01387/2013
Fecha: 16-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante considera que los Vocales demandados incumplieron con lo dispuesto por el art. 30.I.1. del CPCo, al no habérsele otorgado el plazo de tres días para subsanar las omisiones en las que incurrió en la presentación de su acción de amparo constitucional de donde emerge la presente acción de cumplimiento.