SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2013-L

Fecha: 08-Ago-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante, considera lesionados sus derechos a la tutela judicial efectiva, al debido proceso en su componente de la interpretación de la legalidad ordinaria, a la “seguridad jurídica” y a las garantías reconocidas a las víctimas, en razón a que los entonces Ministros demandados pronunciaron el Auto Supremo 326 de 23 de mayo de 2011, el cual declaró inadmisible el recurso de casación que interpuso, además indicó que las autoridades demandadas sobrepasaron sus atribuciones mencionando lo determinado en otro Auto Supremo y que de acuerdo a las facultades previstas en el art. 418 del CPP, debían reducirse a establecer si concurren los requisitos de admisibilidad y que esta Sala Penal habría incurrido en los mismos errores o que utilizó para declarar la inadmisibilidad del recurso. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.