SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0805/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0805/2013-L

Fecha: 08-Ago-2013

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Las accionantes, por intermedio de su abogado, en audiencia ratificaron el contenido de la demanda de acción de libertad, ampliando la misma señalaron: 1) El art. 241 del CPP, indica que en ningún caso se fijará una fianza económica de imposible cumplimiento, asimismo, el art. 173 del mismo cuerpo normativo establece que el juez asignará el valor correspondiente a cada uno de los elementos de prueba fundamentando las razones por las cuales les otorga determinado valor; 2) La fianza tiene por fin procesal, el asegurar que el imputado cumpla las obligaciones y órdenes impuestas por el Juez o Tribunal, y sus límites deben ser fijados tomado en cuenta la situación económica del imputado; 3) Se encontrarían con un año y un mes de detención preventiva;  a Linet Díaz Zeballos, se le concedió teóricamente la cesación de la referida disposición  pero con un monto de Bs300 000.- que resulta ser de imposible cumplimiento; 4) Ambas demostraron su domicilio en la ciudad de Cochabamba, y que no contarían con bienes inmuebles, acción telefónica o movilidad registrada a su nombre en la mencionada ciudad, asimismo se demostró que a nivel nacional no tendrían dinero en cuenta corriente ni caja de ahorro; por ello, habiendo demostrado que no tienen ninguno de estos bienes en la ciudad donde viven, sería lógico que no los tengan en otros departamentos; 5) Se habría demostrado que Maribel Díaz Zeballos es vendedora en el mercado de Cochabamba y Linet Díaz Zeballos es una artista cuyos contratos demuestran que no gana más de Bs400.- (cuatrocientos bolivianos) a la semana, situaciones que debieron ser analizadas por las autoridades demandadas; 6) Las sentencias y los autos interlocutorios deben expresar los motivos de hecho y de derecho en el que basan sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba, sin poder reemplazar la fundamentación con la simple relación de los documentos o la mención de los requerimientos de las partes; y, 7) No contarían con el dinero suficiente para cumplir las exigencias de las autoridades demandadas para demostrar que no poseerían bienes a nivel nacional.