Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0805/2013-L
Fecha: 08-Ago-2013
a)
Claudia Gamarra Hoyos y Pablo Zelaya Villanueva, Jueces del Tribunal Primero de Sentencia Penal, mediante informe escrito que cursa a fs. 40 y vta., refirieron: a) La Resolución de 7 de octubre de 2011, ahora cuestionada, se encontraría enmarcada a derecho, conteniendo la fundamentación debida que aunque no sería extensa, contaría con el razonamiento que motivó la misma, por lo que se ratificaron en su contenido; b) La referida resolución puede ser objeto de modificación o sustitución previa acreditación, por parte de las imputadas, de los requisitos que viabilizan la misma; y, c) Al tratarse de una situación no “cobijada” por la acción de libertad, solicitaron se deniegue la misma.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “otorgue”
- 1
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de libertad
- a) exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- CONFIRMAR