SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2013-L

Fecha: 09-Ago-2013

a)

El Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, por informe cursante de fs. 32 y vta., señaló que: a) El ahora accionante, presentó memorial denunciando varias irregularidades cometidas por el Ministerio Público, ante el cual su autoridad indicó “en lo principal, informe del señor Fiscal sobre la denuncia de violación a los derechos constitucionales a la presunción de inocencia, dignidad, debido proceso y a la defensa” (sic); y, b) Ante la presentación del incidente por defecto absoluto, su autoridad, corrió en traslado a las partes procesales, conforme la parte in fine del art. 314 del Código de Procedimiento Penal (CPP), además de solicitar el cuadernillo de investigaciones a efectos de poder compulsar los antecedentes de la investigación, observando el procedimiento previsto para los incidentes; y si bien el ahora accionante, solicitó en reiteradas oportunidades su resolución, no se podía dar curso a las mismas, sin previamente notificar a las partes, a efectos de que puedan presentar su respuesta; por tales motivos, se debe denegar la tutela solicitada.