Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0873/2013-L
Fecha: 16-Ago-2013
I.1.2.
El accionante denunció la vulneración de sus derechos a la libertad y seguridad personal, al debido proceso, a la petición, a la defensa, a una justicia plural, pronta oportuna gratuita, transparente y sin dilaciones, a la presunción de inocencia, a la igualdad procesal y a la “seguridad jurídica”, citando al efecto los arts. 23.I y III, 110.I, 115.II, 116.I, 117.I, 119.I, 120.I y 122 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de libertad
- I.1.1.
- I.1.2.
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.2. La legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.3. La acción de libertad y el debido proceso.
- CONFIRMAR