SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0873/2013-L
Fecha: 16-Ago-2013
II.7.
II.7. Por memorial dirigido a la Fiscal de Materia codemandada, el accionante solicitó se requiera: 1) A la Cooperativa de Transportes y Servicios Mixtos “ISINUTA SAN GABRIEL” de Cochabamba, para que extienda un certificado de trabajo de su persona; 2) Al departamento de identificaciones de la Policía Boliviana, Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de Cochabamba, para que legitime sobre su registro domiciliario; 3) Al Registro Judicial de Antecedente Penal (REJAP), para que certifiquen si cuenta con antecedentes penales; y 4) A Migración, para que informen sobre su movimiento migratorio en los años 2009 al 2011; a lo cual ésta el 26 de octubre de 2011, requirió que con carácter previo el accionante adjunte documentación que acredite y respalde su petición y presente fotocopia de su cédula de identidad u otro documento que confirme su identificación (fs. 10 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1.
- I.1.2.
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.2. La legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.3. La acción de libertad y el debido proceso.
- CONFIRMAR