Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0926/2013-L
Fecha: 26-Ago-2013
Fragmento 16
Conforme a los antecedentes que cursan en la demanda; al informe escrito y oral presentado por los demandados; a la prueba que cursa en obrados y a lo señalado en la audiencia; se tiene que la accionante y su familia habitan en el Lote 7 de la zona Prolongación Bolognia de la ciudad de La Paz, en el cual vive en calidad de cuidadora y dado que no adjunta ningún recibo de pago por el servicio de agua; se establece que no cumplió en ningún momento con dicha obligación en la misma forma que los vecinos que utilizan las piletas públicas instaladas por EPSAS, de acuerdo al consumo facturado y prorrateado entre todos los usuarios, según se demostró por las facturas que corren de fs. 54 a 56.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y de la acción
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER