Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0926/2013-L
Fecha: 26-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, denunció la vulneración de sus derechos al agua y a la libre transitabilidad; toda vez que, el Presidente de la Junta Vecinal le restringió el uso del agua de la pila pública conectada por EPSAS en la Prolongación de la Calle 1 de la zona de Bolognia, destinada a su uso doméstico y a la construcción de su vivienda, cerrando además con candados y cadenas el puente por donde traslada sus materiales de construcción; y no obstante de haber planteado sus reclamos y cumplido con el pago por el servicio al Comité de Aguas, no se le restituyó el servicio. En consecuencia, corresponde en revisión, realizar el análisis correspondiente, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y de la acción
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER