SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1003/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denunciaron como lesionados sus derechos al debido proceso, a la petición y a la “seguridad jurídica”; toda vez que, dentro de la demanda de desalojo interpuesta en su contra, el Juez demandado en apelación, por Auto de Vista 021/2011 de 6 de abril y su complementario, revocó totalmente el Auto interlocutorio de primera instancia que declaró probado el incidente de nulidad de obrados que fue planteado contra la admisión de dicha demanda; sin embargo, contra esa determinación plantearon recurso de casación el cual fue admitido, razón por la cual los Vocales demandados emitieron el Auto superior 012/2011 de 1 de septiembre, donde anulan ese Auto de admisión. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso en la acción de amparo
- III.3. Sobre la falta de fundamentación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR