SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1007/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1007/2013-L

Fecha: 28-Ago-2013

1)

El accionante mediante su representante en audiencia, se ratificó in extenso en los términos expuestos en el memorial de interposición de esta acción y ampliándola señaló: 1) Que siendo indebidamente procesado en la audiencia de 28 de julio de 2011, donde solo debió analizarse el peligro de obstaculización, se presentaron pruebas que no fueron tomadas en cuenta y nuevamente se rechazó dicha solicitud, en la audiencia de apelación el Tribunal de alzada tenía fundamentalmente que observar cual era el aspecto postulado, pero los demandados se extralimitaron en su resolución ya que cuestionan y además analizan aspectos no discutidos; 2) Se fundamentó que no existía peligro de obstaculización pero se excedieron diciendo que tratándose de un delito grave como es la violación agravada podría fugarse, lo que atentaría lo determinado en la Constitución Política del Estado y las leyes, ya que el Código Penal no reconoce penas fuertes ni menos leves; y, 3) Dicha Resolución sería extralimitada y le faltaría motivación, un razonamiento técnico jurídico del porque estarían confirmando, pero además ampliando el recurso indicando que correspondería a una pena fuerte, violando el fallo del Juez a quo, su derecho a defenderse en libertad.