SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1024/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1024/2013-L

Fecha: 28-Ago-2013

a)

Yossif Ivan Morales Cortez, Juez Segundo de Instrucción en lo Civil, en suplencia legal de su similar en materia penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Oruro, presentó informe en audiencia cursante de fs. 165 a 166, señalando: a) Se extrañó su presencia en la audiencia señalada para el 25 de diciembre de 2011; sin embargo, los accionantes reconocen que su competencia concluía el 24 del mismo mes y año, por lo que dicha audiencia fue suspendida, en razón a que las partes no contaban con abogado, por ello señaló nueva audiencia para el 25 del referido mes y año, disponiendo se remitan los antecedentes al Juzgado Tercero de Instrucción Penal -de turno-; b) Señala que no podía habilitar días y horas extraordinarias, en razón a que iba a prorrogarse arbitrariamente su suplencia siendo que la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro lo designó simplemente hasta el 24 de diciembre de 2011, por lo que si hubiese conocido esos actuados, los mimos estarían viciados de nulidad.; y, c) El cuaderno de control jurisdiccional fue remitido ante Juez de turno el 25 de diciembre de 2011, a horas 09:00; empero, el Juez de ese despacho se rehusó a recibir el expediente, razón por la cual, se cuestiona la legitimación pasiva, puesto que el Juez de turno podía haber llevado adelante la señalada audiencia.