SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1024/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1024/2013-L

Fecha: 28-Ago-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 24 de diciembre de 2011, fueron aprehendidos por la supuesta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, habiéndose presentado la imputación formal ante el Juez Segundo de Instrucción Penal, quien señaló audiencia de medidas cautelares para el mismo día, notificándolos a la misma hora de la audiencia con la imputación y el señalamiento de audiencia, debiendo llevarse este actuado en el Penal de “San Pedro” de Oruro; por ello, no tuvieron la oportunidad de contratar un abogado para su defensa, suspendiéndose la misma; sin embargo, se fijó una nueva audiencia a llevarse a cabo el 25 de diciembre del referido año; empero, pese a que asistieron a dicha audiencia el Juez demandado no se hizo presente, suspendiéndose nuevamente la misma, encontrándose desde entonces privados de su libertad sin que se resuelva su situación procesal.

Ahora bien, la autoridad demandada señaló audiencia para el 25 de diciembre de 2011, con conocimiento que el 24 de ese mes y año, una vez concluía su suplencia legal, la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro iba a ingresar en receso y al haber señalado audiencia para el 25 del mismo mes y año, debió habilitar días y horas extraordinarias para llevar adelante esa audiencia; sin embargo, no se hizo presente dejándolos aprehendidos y sin resolver su situación procesal, incurriendo en incumplimiento de deberes, por cuanto éste debió resolver su situación en un plazo no mayor a veinticuatro horas.