Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1024/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
II.7
II.7. Oficio recibido el 27 de diciembre de 2011, dirigido al Juez Tercero de Instrucción Penal, mediante el cual, el juez ahora demandado remite el cuaderno de control jurisdiccional ante el Juzgado de turno (fs. 146); decreto de 28 del mismo mes y año, a través del cual, el Juez de turno conoce el expediente, para fines de control jurisdiccional (fs. 146 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad
- III.2. La audiencia de medidas cautelares
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR