Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1024/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los accionantes mediante su abogada se ratificaron, in extenso en los argumentos de su demanda de acción de libertad, ampliándola de la siguiente forma: Habiendo cesado la suplencia legal del juez demandado por circular de 17 de diciembre de 2011, emitido por la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, se hizo conocer el receso por las fiestas de fin de año, a partir del 27 de diciembre hasta el 3 de enero de 2012; no obstante, la autoridad demandada remitió el expediente el 27 de diciembre del citado año a horas 17:00 al Juez de turno, sobrepasando el plazo para ese cometido, puesto que si bien manifestó ya no tener competencia, debió devolver los actuados en veinticuatro horas.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad
- III.2. La audiencia de medidas cautelares
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR