SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1142/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1142/2013-L

Fecha: 30-Ago-2013

a)

Solicita se admita y declare “procedente” la tutela, disponiendo: a) Dejar sin efecto las Resoluciones 297/2009 y 84/09, de 1 de abril y 17 de marzo de 2009, respectivamente; b) Se considere válida y eficaz la Resolución 016/2009 de 16 de enero; y, c) Se restablezcan los derechos y garantías reconocidos por la Constitución Política del Estado que fueron suprimidos y amenazados por los demandados.

La presente acción de amparo constitucional en principio ingresó al Tribunal Constitucional el 15 de octubre de 2009, sorteada el 19 de julio de 2011 a Comisión de Admisión, quien pronunció el AC 0224/2011-RCA de 2 agosto, por la que resolvió revocar la Resolución 68/2009 de 2 de octubre, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, que rechazó in límine, disponiendo que la misma señalé audiencia dentro de las veinticuatro horas siguientes para sustanciar la presente acción conforme a ley, concediendo o denegando la misma según corresponda. Devuelto el expediente al Tribunal de origen, las referidas autoridades judiciales admitieron la acción de amparo constitucional y luego de las notificaciones correspondientes, instaló la audiencia, dictando posteriormente la Resolución 10/2012, que venida en revisión fue sorteada por segunda vez el 28 de agosto de 2013.