SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1239/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1239/2013

Fecha: 01-Ago-2013

a)

El abogado de la accionante ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de la acción y ampliándolo señaló que: a) El demandado con su conducta ilegal y sin existir ningún justificativo a lesionado además el derecho a la vida, al agua y a la alimentación, cuando nadie puede suprimir o privar de estos derechos humanos, excepto en los casos previstos por ley, como son “los art. de la Ley de Energía eléctrica y agua potable, en su art. 24 modificado por la Ley 2026 art. 59” (sic); b) Los particulares, puedan ser propietarios o terceros, de ningún modo pueden privar de los servicios elementales, así lo han determinado las “SSCC 0797/2000-R, 0607/2001-R y 0980/2001-R;” y, c) No puede ingresar a su domicilio desde el 11 de febrero de 2013, por lo que además se le está privando del derecho a la vivienda.