Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1239/2013
Fecha: 01-Ago-2013
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión resuelve: REVOCAR la Resolución 31/2013 de 18 de febrero, cursante a fs. 20 y vta., pronunciada por la Jueza Segunda de Partido y de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, y en consecuencia DENEGAR la tutela solicitada, aclarándose que al no existir elementos probatorios mínimos para efectuar una compulsa no se ingresó al fondo de la problemática.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- III.1. En cuanto a la presentación de la prueba, para la consideración de medidas de hecho
- a) Que las medidas de hecho denunciadas por lo general deben ser probadas por el o los accionantes; ya que debe demostrarse con certeza que indudablemente se han suscitado los actos que lesionaron los derechos y/o garantías denunciados.
- III.2
- REVOCAR