SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1245/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1245/2013

Fecha: 01-Ago-2013

4.

“1º La INCONSTITUCIONALIDAD del art. 183.4 de la LOJ, que refiere: 'En materia Disciplinaria' establece que: 'El Consejo de la Magistratura suspenderá del ejercicio de sus funciones a las vocales y los vocales, juezas y jueces, y personal de apoyo de las jurisdicciones ordinaria, agroambiental y especializadas, sobre quienes pesa imputación formal', por ser contrario a lo previsto en los arts. 115.II, 116.I y 117.I de la CPE.

3º La INCONSTITUCIONALIDAD de la última parte del art. 392 del CPP modificado por la Ley de Modificaciones al Sistema Normativo Penal, en el supuesto fáctico normativo que establece lo siguiente: '…cuando sean formalmente imputados ante el juez de instrucción”, por vulnerar lo previsto en el art. 117.I de la CPE'”.

Con esas premisas, como ha sido expuesto en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Resolución, la Sentencia de inconstitucionalidad, al establecer cosa juzgada constitucional por la derogatoria del precepto demandado, hace inviable una nueva demanda, como ocurre en el caso presente, ya que el art. 183.I.4 ha sido declarado inconstitucional por la SCP 0137/2013, lo que imposibilita un nuevo test de constitucionalidad de la misma norma.