SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1247/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1247/2013

Fecha: 01-Ago-2013

denegó

La Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 2 de abril de 2013, cursante de fs. 59 a 62, denegó la tutela solicitada, sin costas, con el siguiente argumento: a) No existe en obrados prueba alguna que acredite que la ahora accionante hubiera objetado, observado o interpuesto solicitud de aclaración, enmienda, complementación, reposición, apelación ni reclamo alguno contra la Resolución plasmada en el memorándum de agradecimiento de servicios de 4 de septiembre de 2012, demostrando con ello su tácito asentimiento de que la Resolución hubiere sido emitida conforme derecho; y, b) Conforme a la certificación de solvencia de 19 de septiembre de 2012, suscrita por la Directora del Centro de Salud “Cerro Verde” y por el personal de apoyo administrativo, se tiene acreditado que la ahora accionante, comunicada con el memorándum de agradecimiento de servicios, realizó la entrega del inventario correspondiente a la actual Bioquímica Farmacéutica, refrendando su tácita aceptación y conformidad, reiterando que no efectuó reclamo administrativo alguno, máxime si conforme SC 0869/2010-R de 10 de agosto, toda resolución judicial o administrativa, por su naturaleza son recurribles.