SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1314/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1314/2013

Fecha: 12-Ago-2013

a)

El accionante ratificó los fundamentos de la demanda, agregando en audiencia que: a) Después de verificar que estaba habilitado, fue notificado con la Resolución firmada por el Presidente y el Vicepresidente del Comité Electoral donde figura su nombre; sin embargo, se enteró que uno de los adversarios presentó una observación a su candidatura, la cual no fue puesta en su conocimiento, pero al enterarse extraoficialmente, presentó un memorial pidiendo se le notifique con la referida observación para hacer uso del derecho a la defensa, el cual fue ignorado, notificándole después con la determinación que adoptaron unilateralmente de apartarlo del proceso eleccionario sin permitirle defenderse; y, b) Una vez que se le notificó con la Resolución que lo excluía del proceso electoral, a fin de agotar los recursos internos, apeló ante el Tribunal de garantías electorales como órgano permanente superior que vela por el cumplimiento de las garantías y procesos electorales; instancia que a través de la Resolución 18/2013 de 2 de abril, determinó rechazar la Resolución 003/2013 del Comité Electoral, aceptar su apelación, ratificar a los miembros del Comité electoral para la elección de Rector y Vicerrector 2013-2016 de la UMSA, y solicitar al Consejo Universitario se sancione a los miembros del Comité Electoral por su inconducta; sin embargo, los miembros del Comité electoral cuando se les notificó con la Resolución referida, se negaron a cumplirla puesto que publicaron en la página web la lista de candidatos habilitados excluyéndolo, llevando adelante el proceso eleccionario sin tomarlo en cuenta, abocándose a un debate sobre su participación o no, ignorando que existe una Resolución de la instancia superior que ya superó el tema de discusión.