SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1314/2013
Fecha: 12-Ago-2013
concediendo
La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 26/2013 de 22 de abril, cursante de fs. 190 a fs. 194 vta., concediendo la acción de amparo constitucional, disponiendo mantener firme y subsistente la Resolución 18/2013, emitida por el Tribunal de garantías electorales; consiguientemente la habilitación del accionante; la mencionada Resolución se basó en los siguientes fundamentos: i) Las decisiones que asume el Tribunal de garantías electorales, son inapelables, por cuanto no existe un recurso ulterior, puesto que el Consejo Universitario no tiene facultades para revisar las determinaciones del nombrado Tribunal, consiguientemente el accionante cumplió con el principio de subsidiariedad al haber agotado las vías de reclamo; ii) Después de verificar el cumplimiento de los requisitos de habilitación establecidos el art. 20 de la Convocatoria, el accionante fue habilitado mediante Resolución 02/2013 de 21 de marzo, habiendo surgido una impugnación contra su candidatura con el argumento de no haber transcurrido más de cinco años, desde que dejó la función de Defensor del Pueblo, emitiéndose un informe legal por el que concluyó que el accionante se encontraba plenamente habilitado para mantener su candidatura; además se emitió la Resolución 18/2013 por la que el Tribunal de garantías electorales rechazó la Resolución 003/2013 del Comité Electoral por el incumplimiento de pasos procesales establecidos en el Reglamento Electoral de la UMSA, y ausencia de causales válidas en el marco de la normativa vigente; aceptó la apelación presentada por el candidato Waldo Albarracín Sánchez, restituyendo su habilitación como candidato en el proceso electoral para autoridades de la UMSA 2013-2016; y, iii) Conforme al principio de favorabilidad, así como la ultra actividad de la Constitución Política del Estado, que en su art. 218 a 224, no establece incompatibilidades o limitación que pudiera afectar al ex Defensor para postularse a cargos electivos, por lo que al haber declarado su inhabilitación, fueron vulnerados sus derechos constitucionales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- Fragmento 18
- III.2. Normativa que regula el proceso electoral para autoridades de la UMSA
- III.3. Análisis del caso
- Fragmento 21