Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1314/2013
Fecha: 12-Ago-2013
Fragmento 16
La acción de amparo constitucional, instituida en el art. 128 de la CPE, constituye un mecanismo de defensa de carácter extraordinario, que tiene como finalidad la protección de los derechos fundamentales de las personas y procede: “…contra actos u omisiones ilegales o indebidas de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- Fragmento 18
- III.2. Normativa que regula el proceso electoral para autoridades de la UMSA
- III.3. Análisis del caso
- Fragmento 21