Sentencia Constitucional Plurinacional: 1325/2013 de 15 de agosto
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional: 1325/2013 de 15 de agosto

Fecha: 15-Ago-2013

estableciendo que la inamovilidad no puede ser aplicada en todos los casos ya sea por las características propias de cada función pública o por la naturaleza propia del cargo, así tratándose de los cargos electivos estableció que los mismos no gozan de la protección de la inamovilidad laboral

Corresponde referirse al Fundamento Jurídico III.3, de la Sentencia Constitucional Plurinacional, objeto de la disidencia, el mismo que hace referencia a los entendimientos contenidos en la SCP 1044/2013, de 27 de junio: La jurisprudencia constitucional estableció determinadas limitaciones al respecto, estableciendo que la inamovilidad no puede ser aplicada en todos los casos ya sea por las características propias de cada función pública o por la naturaleza propia del cargo, así tratándose de los cargos electivos estableció que los mismos no gozan de la protección de la inamovilidad laboral, en ese sentido la SCP 1044/2013 de 27 de junio estableció que si bien la inamovilidad laboral alcanza al sector privado como al público:“…sin embargo, debe reconocerse que tampoco es absoluto de forma que puede verse limitado por las necesidades instituciones que atañen al correcto funcionamiento del aparato público y el bienestar de la colectividad así la SCP 1521/2012 de 24 de septiembre, estableció que la inamovilidad en razón del embarazo '…no puede ser aplicada en todos los casos, ya que como se desarrolló anteriormente no todas las funciones públicas son iguales y algunas contienen ciertas características concretas.(negrillas agregadas).