SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1366/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1366/2013

Fecha: 16-Ago-2013

a)

La parte accionante ratificó la acción planteada, y la amplió indicando que: a) El 18 de agosto de 2010, en la calle Tumusla se presentaron cinco personas usando trajes de policías portando credenciales falsas como también del Ministerio de Gobierno, intentando cometer el delito de robo que no se llevó a cabo porque la gente que estaba en el local llamó a la Policía, logrando escapar los imputados; sin embargo, inmediatamente el Ministerio de Gobierno tuvo conocimiento del hecho se desplegó y logró detener a siete personas, entre las cuales estaba su persona, siendo sobreseído por el Fiscal el 24 de junio de 2011, puesto que luego de las investigaciones demostró que no participó en los hechos imputados, logrando conocer al abogado de la defensa en el penal donde se encuentra indebidamente detenido; b) El Ministerio de Gobierno al no haber sido notificado con el sobreseimiento planteó incidente de actividad procesal defectuosa para dejar sin efecto el mandamiento de libertad, que fue resuelto disponiendo se cumpla con esa diligencia a cuyo efecto en varias ocasiones los abogados de ese Ministerio se negaron a ser notificados. En este caso el Juez ha venido dilatando el proceso para no otorgarle su libertad puesto que el sobreseimiento se encuentra ejecutoriado, a lo que se suma que señalada la audiencia de cesación de su detención preventiva, la citada autoridad jurisdiccional no concurrió suspendiéndose por ello el actuado procesal, sin tener presente la jurisprudencia constitucional que indica que debe ser señalada dentro de un plazo razonable que no exceda de los tres días, además de que el sobreseimiento dictado a su favor está ejecutoriado por no haber sido impugnado por ninguna de las partes, solicitando se conceda la tutela solicitada.