SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1366/2013
Fecha: 16-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante, alega que se vulneró su derecho a la libertad, por cuanto dentro del proceso penal seguido en su contra y otros, por la presunta comisión de los delitos de robo agravado, falsedad material, ideológica y otros, el Ministerio Público emitió a su favor la Resolución de sobreseimiento 381/2011 de 24 de junio, fecha desde la cual se encuentra indebidamente privado de libertad, y no obstante de haber sido resuelto el incidente de actividad procesal defectuosa, planteado por el Ministerio de Gobierno al que se notificó el 3 de diciembre de 2012 con el sobreseimiento, ha solicitado reiteradas veces su libertad, sin que a la fecha la autoridad judicial demandada, hubiere resuelto su situación jurídica, puesto que en afán dilatorio fijó audiencia para la consideración de la cesación de su detención preventiva el 4 de abril de 2013, misma que no se llevó a cabo siendo suspendida para el 11 del referido mes y año, sin tener presente la jurisprudencia constitucional referida al pronto despacho que indica que debe ser señalada dentro de un plazo razonable que no exceda de los tres días, además de que el sobreseimiento dictado a su favor está ejecutoriado por no haber sido impugnado por ninguna de las partes.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Juez cautelar como encargado del control de la investigación
- III.3. Los efectos del sobreseimiento de un detenido preventivo
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR