SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1371/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1371/2013

Fecha: 16-Ago-2013

denegó

La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 157/2013 de 29 de abril, cursante de fs. 68 a 70 vta., por la que denegó la tutela solicitada; en base a los siguientes argumentos: 1) Si bien es cierto que para imponer el pago de una asistencia familiar se debe seguir el trámite previsto del art. 61 y ss. de la Ley 1760, en el caso, dadas las circunstancias propias del caso en análisis, no es aplicable el trámite señalado, debido a que no se impuso una nueva obligación al padre de pagar una pensión, sino que se restituyó el pago de la asistencia familiar que estuvo ya fijada en favor del menor, hecho que ocurrió al haberse restituido también la guarda a la madre; 2) A través de un acuerdo conciliatorio, entre contendientes se pactó que el hijo menor pase a custodia provisional del padre, quien en ese momento estaba constreñido a pagar Bs500.- por concepto de asistencia familiar a favor de ese niño; consiguientemente, habiéndose restituido el menor a la patria potestad de la madre, es lógico que se haya restituido la obligación que anteriormente se le impuso al padre a afectos de que su hijo pueda vivir dignamente; y, 3) Realizando una ponderación de derechos, entre el derecho del padre de que se aplique un procedimiento para que se asigne una asistencia familiar a su hijo y los derechos del hijo a su alimentación, a la vida y a la salud, resultando de preferente atención el derecho de este último.