SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1371/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1371/2013

Fecha: 16-Ago-2013

II.6.

II.6.  Los Vocales de la Sala Civil y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, ahora codemandados, por Auto de Vista 123/2013 de 19 de marzo, confirmaron totalmente el Auto 448, argumentando que sería evidente que la parte incidentista solicitó la guarda y no la asistencia familiar; pero, en cumplimiento del principio de dirección del proceso y de su obligación de proteger a todos los niños  y adolescentes, la Jueza de la causa ejerció la protección de oficio del adolescente NN, y, por ello si se modificó la guarda, como consecuencia de ello modificó también la situación de la asistencia familiar, en cumplimiento al principio de congruencia, porque no podía haber dejado de pronunciarse sobre la asistencia familiar fijada ya en forma obligatoria.