SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1381/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1381/2013

Fecha: 16-Ago-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 30 de abril 2013, al promediar las 16:30 horas aproximadamente, luego de prestar su declaración informativa por la presunta comisión de los delitos de falsedad material e ideológica, sin que exista imputación formal en su contra presentada debidamente ante la autoridad jurisdiccional, fue aprehendido por Resolución y orden del Fiscal ahora demandado; posteriormente, conducido a celdas de la Policía Rural y Fronteriza de Caranavi, donde permaneció detenido ilegal e indebidamente, por cuanto la segunda parte del art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP), señala que la persona aprehendida, será puesta a disposición del juez cautelar en el plazo de veinticuatro horas, para que resuelva su situación legal y jurídica en el mismo plazo; sin embargo, desde que se ejecutó su aprehensión, transcurrió más de cuarenta horas y no fue remitido ante la autoridad jurisdiccional, restringiendo de este modo su derecho a la libertad de locomoción.