SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1381/2013
Fecha: 16-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega detención indebida e ilegal y la vulneración de sus derechos a la defensa, al acceso a la justicia, a la legalidad, al trabajo, a la garantía del debido proceso y a la “seguridad jurídica”, toda vez que, sin que exista imputación formal en su contra presentada debidamente ante la autoridad jurisdiccional, fue aprehendido por resolución y orden del Fiscal de Materia de Caranavi, Juan Linares Alarcón, y conducido inmediatamente a las celdas de la Policía Rural y Fronteriza de Caranavi, lugar donde fue ilegal e indebidamente detenido por más de cuarenta horas, sin que sea remitido ante la autoridad jurisdiccional para que defina su situación legal y jurídica, vulnerando de este modo su derecho de locomoción, por cuanto la nombrada autoridad demandada, no cumplió con el plazo previsto por el art. 226 del CPP.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Sobre el plazo de remisión de los aprehendidos ante el juez cautelar
- III.3.
- lo que significa que esta definición podrá ser adoptada inmediatamente el imputado sea puesto a su disposición o en las subsiguientes horas, pero en ningún caso después de las 24 horas, plazo máximo para resolver la situación del imputado'.
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR