Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1428/2013
Fecha: 19-Ago-2013
II.2.
II.2. El 29 de febrero de 2012, la accionante fue notificada con la Resolución Sancionatoria AN-GRT-TARTI 0095/2012 de 24 de febrero, que declaró probada la comisión de contravención aduanera por contrabando; dispuso el decomiso definitivo de su vehículo; y, el reporte de la mercancía señalada al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (fs. 21 a 23).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza
- III.2. Sobre la prevalencia de la justicia material sobre la justicia formal
- prohibiendo asimismo la discriminación al acceso de la justicia de cualquier persona y brindar una justicia pronta y oportuna, sin dilaciones
- El Estado garantiza a todas las personas y colectividades, sin discriminación alguna, el libre y eficaz ejercicio de los derechos establecidos en esta Constitución, las leyes y los tratados internacionales de derechos humanos
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo