Sentencia Constitucional Plurinacional: 1460/2013 de 19 de agosto
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional: 1460/2013 de 19 de agosto

Fecha: 19-Ago-2013

II.3.1. Sobre el DS 28699 de 1 de mayo de 2006 y su modificación por el DS 0495 de 1 de mayo de 2006

Por otra parte, el parágrafo III del mencionado artículo que fue modificado por el DS 0495, establece que: “En caso de que el trabajador opte por su reincorporación podrá recurrir a este efecto ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, donde una vez constatado el despido injustificado, se conminará al empleador a la reincorporación inmediata al mismo puesto que ocupaba la trabajadora o trabajador al momento del despido, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales que corresponden a la fecha de al reincorporación, a través de las Jefaturas Departamentales y Regionales de Trabajo”.