Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional Plurinacional: 1460/2013 de 19 de agosto
Fecha: 19-Ago-2013
previo cumplimiento por parte del empleador público o privado de los procedimientos que fijan las normas para extinguir la relación laboral”
Sin embargo, el art. 5.I del DS 0012, con relación a la vigencia del beneficio de inamovilidad laboral, determinó: “No gozarán del beneficio de inamovilidad laboral la madre y/o padre progenitores que incurran en causales de conclusión de la relación laboral atribuible a su persona, previo cumplimiento por parte del empleador público o privado de los procedimientos que fijan las normas para extinguir la relación laboral” (las negrillas son nuestras).
- “…CONFIRMAR
- a)
- 1)
- y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad
- “(INAMOVILIDAD LABORAL)
- “I.
- previo cumplimiento por parte del empleador público o privado de los procedimientos que fijan las normas para extinguir la relación laboral”
- Inclusive, admitiéndose el interponer acciones de defensa de este derecho ante esta jurisdicción y conforme a los términos descritos en el artículo de referencia
- pues perder el trabajo cuando un niño o niña está por nacer, supone atentar contra el principio constitucional como es el Vivir bien.
- II.2. De la abstracción del principio de subsidiariedad e inmediatez
- II.3.1. Sobre el DS 28699 de 1 de mayo de 2006 y su modificación por el DS 0495 de 1 de mayo de 2006
- “'IV.
- II.3.2. Sobre el incumplimiento de la conminatoria de reincorporación de las y los trabajadores por la vía del amparo constitucional e inicio del cómputo de plazo para la interposición de la acción
- II.4. Análisis del caso concreto