SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1469/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1469/2013

Fecha: 22-Ago-2013

II.6.

II.6.  El 15 de octubre de 2012, Juan Carlos Castellon Amurrio Director a.i. del SEDES, dictó, mediante RA 10/2012, con la facultad conferida por el art. 28 del DS 23318-A modificado por el art. 1 del DS 26237, determinó confirmar la RRAA 10/2012 de 7 de septiembre y la Resolución Administrativa 19/2012 de 14 de agosto, de sanción de destitución para Clifford Samuel Vargas Madrid de sus funciones como servidor público del Sistema de Salud Hospital “Sipe Sipe”, con los siguientes fundamentos: el recurrente en su recurso jerárquico solo hizo énfasis en la inapropiada valoración de la prueba por el sumariante, manifestando que su solicitud de reemplazo habría sido rechazada, sin haber sido acreditado en ninguna parte del proceso, lo único fue que dejo acéfalo el cargo, al respecto menciona que habiendo presentado su solicitud de reemplazo ante la Directora a.i. del Hospital de “Sipe Sipe”, el mismo fue negado “año pasado” (sic), por lo que el recurrente tenía conocimiento de la negativa a su solicitud de reemplazo; asimismo, (…) coloco junto al biométrico la Circular emitida por  Dirección y RRHH del SEDES, (…) en el mes de noviembre o diciembre del “año pasado” (sic), misma que prohíbe los reemplazos, por lo que no podría alegar desconocimiento, señala que la presente resolución se ejecutará una vez que el hijo del accionante cumpla un año de edad, conforme establece las leyes en cuento a la inamovilidad funcionaria por lactancia, al efecto debe presentar certificado de nacimiento de su hijo recién nacido (fs. 147 a 148 vta.).