SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1493/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1493/2013

Fecha: 22-Ago-2013

i)

Jorge Ribera Bruckner, Secretario de Desarrollo Humano y Movilidad Social del Gobierno Autónomo Departamental de Beni, mediante sus abogados y apoderados, presentó informe escrito cursante a fs. 31 y vta. y en audiencia amplió el mismo manifestando: i) La accionante goza de la protección contenida en el art. 48.IV de la CPE, correspondiendo se conceda la tutela; empero, no puede ser reincorporada como Jefa de la Unidad de Género, debido a que existe una errónea interpretación del art. 5 del Estatuto del Funcionario Público, no siendo la accionante funcionaria de carrera sino de libre nombramiento; ii) De acuerdo a las Sentencias Constitucionales “1420 o 1421 si no me equivoco 2012” (sic), corresponderá otorgar la tutela no siempre en el mismo puesto de trabajo sin afectar su nivel salarial. Fue la accionante quien presentó un Memorándum de 6 de marzo de 2013, de reasignación de funciones por motivos de derogación normativa; por cuanto, no es posible que retorne al mismo cargo, debiendo esperar a que se la ubique en otro; iii) El Memorándum de agradecimiento de servicios se emitió en forma involuntaria, omisión producto de las recargadas funciones a cargo del Secretario de Desarrollo Humano y Movilidad Social de la Gobernación; y, iv) Solicitó que no se apliquen costas por ser excusable.