SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1504/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1504/2013

Fecha: 27-Ago-2013

a)

El abogado de la parte accionante ratificó el contenido de la demanda y, ampliándola señaló: a) El origen para la solicitud del pago de estos tributos está en la escritura pública “5 de 1988”, porque para su presentación y registro en Derechos Reales (DD.RR.), se exige como requisito el pago de impuestos anuales; y, b) La acción se limita a que el Juez de garantías, ordene al Alcalde demandado, absolver la petición de pago de impuestos en forma positiva o negativa, pero de manera fundamentada.