Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1504/2013
Fecha: 27-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los representantes denuncian lesión del derecho de petición de los accionantes, porque a la solicitud de autorización expresa para el pago de impuestos anuales de sus propiedades, el Alcalde demandado respondió sin fundamentación legal; por lo que solicitaron que la respuesta en sentido positivo o negativo sea de forma fundamentada, señalando la normativa legal pertinente, sin que hayan recibido respuesta alguna hasta la presentación de la acción. En consecuencia, corresponde en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho de petición
- debiendo efectuarla de manera fundamentada
- pero de forma fundamentada y señalando la normativa legal pertinente
- segunda petición
- REVOCAR