SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1504/2013
Fecha: 27-Ago-2013
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución de 9 de mayo de 2013, cursante de fs. 33 a 35, pronunciada por el Juez de Partido, de Sentencia Penal, del Trabajo y Seguridad Social, Niñez y Adolescencia de las provincias Eduardo Avaroa, Ladislao Cabrera y Sebastián Pagador con asiento judicial en Challapata del departamento de Oruro; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, debiendo la autoridad demandada en el plazo de veinticuatro horas de su notificación, expedir respuesta motivada a la petición de los accionantes en los términos expresados en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho de petición
- debiendo efectuarla de manera fundamentada
- pero de forma fundamentada y señalando la normativa legal pertinente
- segunda petición
- REVOCAR