Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0205/2013-RCA
Fecha: 10-Sep-2013
I.3. Petitorio
Solicitan, se conceda la tutela disponiendo que la autoridad ahora demandada materialice el cumplimiento del art. 19 de la CPE, así como de la Ley en cuestión, y se entreguen las minutas de transferencia a favor de las personas que se encuentran inmersas en la lista de adjudicatarios, más el pago de daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento de la ley.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.3. Petitorio
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- improcedente
- persona individual o colectiva
- Cuando el accionante no haya reclamado previamente y de manera documentada a la autoridad accionada, el cumplimiento legal del deber omitido
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- II.3.1. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión