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    AUTO CONSTITUCIONAL 0391/2013-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0391/2013-CA

    Fecha: 30-Sep-2013

    II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad

    Entre tanto, el art. 143 del Código Procesal Constitucional (CPCo), señala que: “El Recurso Directo de Nulidad tiene por objeto declarar la nulidad de los actos de Órganos o autoridades públicas que usurpen funciones que no les competen, así como ejercer jurisdicción o potestad que no emane de la Ley”.

    • I.1. Síntesis de la demanda
    • I.2. Argumentos jurídicos del recurso
    • I.3. Petitorio
    • II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
    • Fragmento 5
    • II.2. El recurso directo de nulidad no procede contra resoluciones dictadas por las autoridades judiciales, excepto cuando hubieran sido dictadas después de haber cesado o suspendidas en el ejercicio de sus funciones a causa de un proceso administrativo disciplinario en su contra
    • Fragmento 7
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 9

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