Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1570/2013
Fecha: 16-Sep-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante denuncia que la Jueza demandada decidió no aplicar la segunda parte de la normativa procesal penal establecida en el art. 321, y que el día y hora señalados para la vista y cumplimiento de la fianza, dispuso la notificación con el memorial de recusación y la Resolución de 17 de mayo de igual año, que rechazó la excusa y determinó la remisión del cuaderno procesal al Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal, vulnerándose sus garantías constitucionales, ya que la Jueza debió rechazar in límine la recusación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegando
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- III.2. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad.
- III.3. Trámite y resolución de la excusa o recusación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR