Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2014-CA
Fecha: 03-Ene-2014
I.4. Trámite procesal
Por Acuerdo Administrativo TCP-DGAJ-SP 086/2013 de 29 de noviembre, el Pleno del Tribunal Constitucional Plurinacional, dispuso el receso de actividades del mismo desde el 23 al 31 de diciembre de 2013, con suspensión de plazos procesales, en mérito a ello, la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2.
- I.4. Trámite procesal
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- II.2. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión.
- cuya finalidad es tutelar la normalidad del ordenamiento jurídico con la declaración jurisdiccional de nulidad de aquellos actos que hayan sido producidos por quien usurpó funciones que no le competían, por quien haya ejercido jurisdicción o potestad que no emane de la ley, o por resoluciones dictadas o actos realizados por autoridad judicial que esté suspendida de sus funciones o hubiere cesado
- RECHAZAR