Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2014-CA
Fecha: 03-Ene-2014
II.2. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión.
En el presente caso, los recurrentes denuncian que la autoridad recurrida expidió OOMM 068/2008, 078/2012 y 10/2013, por la que se autorizó la construcción de inmuebles dentro del derecho de vía de trenta metros colindantes a la carretera del Cruce Sapecho - Palos Blancos, lo que estaría prohibido por ley, más aun colocando en peligro a los transeúntes y el tránsito de dicha carretera.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2.
- I.4. Trámite procesal
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- II.2. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión.
- cuya finalidad es tutelar la normalidad del ordenamiento jurídico con la declaración jurisdiccional de nulidad de aquellos actos que hayan sido producidos por quien usurpó funciones que no le competían, por quien haya ejercido jurisdicción o potestad que no emane de la ley, o por resoluciones dictadas o actos realizados por autoridad judicial que esté suspendida de sus funciones o hubiere cesado
- RECHAZAR