Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2014-CA
Fecha: 03-Ene-2014
recurso directo de nulidad
El recurso directo de nulidad interpuesto por Jorge Aroja Tejada por sí y en representación legal de Angélica Aroja Vda. de Choque y Martín Márquez Quispe contra Marcela Huarina Chacón, “Presidenta” del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de “Palos Blancos” de la provincia Sud Yungas del departamento de La Paz, demandando la nulidad de las Ordenanzas Municipales (OOMM) 068/2008 de 11 de septiembre (fs. 3 a 4), 078/2012 de 20 de diciembre (fs. 5 a 6) y 010/2013 de 2 de marzo (fs. 7 a 8).
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2.
- I.4. Trámite procesal
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- II.2. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión.
- cuya finalidad es tutelar la normalidad del ordenamiento jurídico con la declaración jurisdiccional de nulidad de aquellos actos que hayan sido producidos por quien usurpó funciones que no le competían, por quien haya ejercido jurisdicción o potestad que no emane de la ley, o por resoluciones dictadas o actos realizados por autoridad judicial que esté suspendida de sus funciones o hubiere cesado
- RECHAZAR