Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0029/2014-CA
Fecha: 27-Ene-2014
I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
Por Resolución de 23 de diciembre de 2013, cursante de fs. 36 a 38, dictada dentro del proceso disciplinario instaurado a denuncia de Carlos Fernando Barrientos Sotomayor contra Alberto Antonio Illanez Herrera, en calidad de Registrador de Derechos Reales (DD.RR.) del departamento de Santa Cruz, las autoridades accionantes promueven de oficio la acción de inconstitucionalidad concreta contra los arts. 45.II del Acuerdo 36/2012 y 182.5, 184.I y II y 205 de la LOJ, por ser presuntamente contrarios a los principios de legalidad y del debido proceso contenidos en los arts. 115, 116 y 117 de la CPE.
- Consejeros de la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- 1)
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”
- Fragmento 6
- II.3. Requisitos de procedencia y contenido de la acción de inconstitucionalidad concreta
- II.4. Análisis del caso concreto
- 1° ADMITIR
- 2º Poner