SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2014

Fecha: 03-Ene-2014

7)

7)  Según la representación del 28 de mayo de 2009, suscrita por el notificador de la Gerencia Departamental de Cochabamba, se estableció que por conversaciones telefónicas sostenidas con el accionante mediante su celular 77416224, Wilmer Sanjinez Lineo, se negó a dar su dirección comprometiéndose a pasar por las oficinas de la Gerencia Departamental de Cochabamba, para recabar el informe preliminar, y no lo hizo; razón por la que la Contraloría General del Estado procedió a las publicaciones en los matutinos “La Razón” y “Cambio” de la invitación para que se apersone por su entidad y sea notificado con el informe preliminar, lo que prueba que el accionante, por su propia voluntad se negó a ser notificado personalmente y, por lo tanto, conocía de la existencia del informe de auditoría preliminar emitido en su contra.