SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2014
Fecha: 03-Ene-2014
acción de libertad
En revisión la Resolución 3 de 20 de julio de 2013, cursante de fs. 190 a 193 vta., pronunciada dentro la acción de libertad interpuesta por Claudia Gabriela Ecos Torrico y Edgar Anthony Burke Pommier, en representación sin mandato de Mario Rafael Suarez Villazón contra Fernando Pérez Montaño, Juez Noveno de Instrucción en lo Penal y Vladimir Quiroz Sanjinéz, Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, Augusto Villarroel Inturias y Alfredo Guzmán Méndez Fiscales de Materia, William Oscar Rojas Rojas, Marco Antonio Gonzáles, Rimer Siles Rocha y Humberto Villazante Limachi, Funcionarios Policiales, Maureen Orellana Maldonado y Karen Munguia, Secretarias del Juzgado Noveno y Octavo de Instrucción en lo Penal, respectivamente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades y funcionarios públicos demandados
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad, alcance y finalidad
- El informalismo,
- Es importante resaltar que la Constitución Política del Estado vigente, en el marco más amplio que implica la concepción de
- Fragmento 18
- III.2. Sobre las lesiones al debido proceso en acciones de libertad
- III.3.Jurisprudencia reiterada de la acción de libertad correctiva
- Fragmento 21
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo