Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2014
Fecha: 10-Ene-2014
II.7.
II.7. EL 5 de junio de 2013, Luis Alberto Arce Catacora, Ministro de Economía y Finanzas Públicas y Jaime Jorge Di Meglio Espinoza, Liquidador de los ex entes gestores de la seguridad social a largo plazo en representación del ex FOCSSAP objetaron la resolución de rechazo (fs. 18 a 30 vta.). Según contenido del memorial de acción de amparo también fue objetada por Jessica Paola Saravia Atristain, Viceministra de Lucha contra la Corrupción (fs. 52).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulneradas
- a)
- 1)
- i)
- denegar
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- Fragmento 15
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 17
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. Sobre la valoración de la prueba en la jurisdicción constitucional
- III.5.
- Fragmento 22
- III.7. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo