SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2014

Fecha: 10-Ene-2014

el derecho a un tiempo razonable para preparar la defensa

Finalmente, la jurisprudencia prevista en la SC 0702/2011-R de 16 de mayo, a tiempo de referirse a este tema, ha previsto que: “El derecho a la defensa, comprende diferentes derechos descritos al analizar el contenido del debido proceso; entre ellos el derecho a ser asistido por un abogado, que se encuentra previsto en el art. 9 del CPP, el derecho a la defensa material, consagrado en el art. 8 del mismo cuerpo legal, el derecho a un tiempo razonable para preparar la defensa (art. 340 del CPP), derecho a una comunicación privada con su abogado defensor (art. 84 del CPP), derecho a que el Estado le otorgue un defensor cuando el imputado careciere de medios o no nombrare un defensor particular (art. 9 in fine del CPP), derecho a acceder a las pruebas de cargo e impugnarlas y derecho a no ser obligado a declarar contra sí mismo, ni contra sus parientes.